¿A quién va dirigido?

 

 

Pueden beneficiarse todas las empresas o autónomos que tengan contratado personal laboral a su cargo y coticen en el régimen general de la Seguridad Social en España y ofrezcan formación para sus empleados, tanto de centros de formación del exterior, como formación interna impartida desde dentro de la misma empresa.

Todas las empresas disponen de un crédito anual, obtenido de las cantidades aportadas por los empleados y la propia empresa a la Seguridad Social, por la contingencia de Formación Profesional durante el año anterior, dicho crédito será destinado a la formación de sus empleados, así mismo se establece una cantidad mínima de 420 € para las empresas que cuenten con menos de 5 empleados.

DOS COSAS ESENCIALES PARA BONIFICAR TU FORMACIÓN

El centro de formación debe estar registrado en la Fundación Estatal, donde le asignaran un Código, sin él no es posible gestionar la formación bonificada a través nuestro, es un trámite sencillo y rápido que se hace telemáticamente, consultarnos y os enviaremos los pasos a seguir para obtenerlo en el caso de que todavía no lo tengan.

La facturación de la formación será emitida por TEA Gestión, tal y como indica la normativa, siendo TEA Gestión quien abone la factura al centro de formación una vez haya cobrado la factura emitida al cliente y dispongamos de la factura del centro de formación.<br /> NO ESTÁ PERMITIDO EL PAGO DEL CLIENTE AL CENTRO DE FORMACIÓN.

Pasos a seguir como empresa Bonificada

DOCUMENTO DE ADHESION

Este documento se firmará en la primera colaboración que se tenga con nosotros, por tanto, en una sola ocasión, posteriormente podrá realizar formación obviando el paso de la firma del documento de adhesión. El documento de adhesión es un paso esencial para gestionar la bonificación de terceros.Este documento nos autoriza a notificar la formación que la empresa le comunique, dicho documento debe ser firmado por el representante legal de la sociedad, uniéndose con él a nuestra agrupación de empresas. La firma no implica ningún tipo de obligación, ni exclusividad.

COMUNICACIÓN DE INICIO

Nosotros nos encargaremos de comunicar los datos de la formación a FUNDAE con una antelación de 3 días naturales de la fecha de inicio del grupo formativo. Para ello necesitamos conocer todas las características del curso (objetivos, contenidos, n.º de horas, fechas, etc.) para recopilar toda la información, puedes descargar la plantilla y enviárnosla a bonificaciones@bonificatea.com cumpliendo el requisito de los 3 días antes del comienzo de la formación.</p> <p>2

DATOS DE LOS ALUMNOS

También hemos de contar con la información de los trabajadores que asistirán a la formación. Para ello disponemos de una plantilla, es importante que se respete el formato original y nos la envíes por email a bonificaciones@bonificatea.com Todos los datos son imprescindibles, no sobra ninguno.

IMPARTICION

El cliente es responsable de informar a su proveedor de formación de su intención de bonificar el curso. El docente ha de firmar las hojas de asistencia. Si el curso fuera inspeccionado, comunícanoslo inmediatamente para aportar la documentación que pudieran solicitarnos.

FINALIZACIÓN

Cuando finalice la formación, el cliente nos debe remitir vía email toda la documentación del curso debidamente cumplimentada.</p> <p>Nosotros nos encargamos de finalizar a los alumnos que corresponda, siendo aquellos que hayan superado el 75% de horas del curso.</p> <p>Además de los participantes, comunicamos a FUNDAE los costes que ha supuesto la formación, tanto los de impartición, como los nuestros de gestión y aquellos que correspondan.

APLICACION DE LA BONIFICACION

Una vez estén abonadas las facturas, enviaremos al cliente la documentación necesaria y el procedimiento a seguir para su aplicación en los seguros sociales. El cliente debe entregar a su gestoría o dpto. de administración, gestor de los seguros sociales, el email que enviaremos para aplicar la bonificación tramitada. Es crucial que el cliente siga nuestras instrucciones y NO aplique la bonificación hasta que reciba nuestras indicaciones, (mes concreto de aplicación y el importe exacto a bonificar).La empresa descontará total o parcialmente el coste de la formación realizada por sus empleados, a través de los seguros sociales. DESCARGAR GUÍA ¿Necesitas resolver dudas al respecto?. Recuerda que seremos los encargamos de acompañarte durante todo el proceso formativo.

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